Nuda Propiedad; 8 puntos que necesitas saber sobre esta opción

La Nuda Propiedad

La Ley actual, ofrece una posibilidad para los propietarios de una vivienda que consiste en venderla y seguir viviendo en ella, siempre cumpliendo con ciertas condiciones. Esta fórmula recibe el nombre de nuda propiedad. Suelen recurrir a ellas las personas que no tienen herederos, quienes desean llevar una vida mejor con los ingresos que esta operación proporciona o quienes prefieren ayudar a sus herederos en vida.

En las siguientes líneas te explicamos en qué consiste.

¿Qué es la Nuda Propiedad?

Nuda Propiedad; lo que necesitas saber sobre esta opción

A la hora de decantarnos por esta opción, debemos tener claros los puntos siguientes:

  • Pleno dominio. Cuando se compra una vivienda se adquiere el pleno dominio, que está dividido entre Nuda Propiedad y usufructo.
  • Posesión inmediata. En el caso de la Nuda Propiedad, la persona que vende la vivienda puede seguir disfrutando de un usufructo vitalicio sobre esa vivienda, ya que el nuevo propietario no está adquiriendo este derecho a la posesión inmediata.
  • Usufructo vitalicio. Aunque lo habitual en estos casos es que se establezca un usufructo vitalicio, se le puede poner una fecha de fin. Por ejemplo, el vendedor puede firmar disfrutar de la vivienda durante los siguientes 10 años. Una vez pasado dicho plazo, tendrá que abandonarla.
  • Nudo propietario. El nudo propietario podrá disfrutar de la vivienda y tendrá el pleno dominio una vez termine el usufructo.
  • Precio. Como es lógico, en este tipo de venta el precio de compra-venta de la vivienda es inferior al que tiene el mercado, así compensará el tiempo que se calcula que el vendedor seguirá viviendo en ella.
  • Notario. Toda esta operación se establece mediante escritura pública frente a notario, como cualquier otra de compra-venta.
  • Usufructo. El usufructuario puede alquilar la vivienda. El arrendamiento terminará en el momento que lo haga el usufructo. De igual manera, puede vender el usufructo a otra persona.
  • Gastos. El usufructuario se hará cargo del pago de todos los consumos. El nudo propietario lo hará del IBI, el Impuesto sobre residuos, las derramas extraordinarias y otros gastos similares.

Ahora ya sabes en qué consiste la Nuda Propiedad. ¿Comprarías una vivienda bajo estas condiciones?