El pasado martes, la Comisión de Justicia del Congreso, aprobó a petición del PdeCAT, una proposición que modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil, con el fin de proteger la propiedad privada frente a la okupación. Ya se ha enviado la reforma al Senado, en el cual el PP cuenta con mayoría absoluta.
Esta modificación va a permitir el desalojo exprés de las viviendas que sean propiedad de personas físicas, entidades sin ánimo de lucro y entidades públicas propietarias de vivienda social.
Más sobre el desalojo exprés de las viviendas:
Esta proposición de Ley para permitir el desalojo exprés de las viviendas okupadas, en opinión de algunos, favorecerá que tanto los bancos como los fondos buitres pudieran utilizar esta opción para vaciar sus propiedades.
La ponente del PdeCAT, Lourdes Ciuró, comenta lo siguiente al respecto:
En ningún caso buscamos permitir que puedan acogerse ni fondos buitre ni cualquier entidad que pueda especular con la vivienda, no es nuestra intención. Hemos trabajado en un redactado para que no quede ni la más mínima duda de que únicamente puedan acogerse Administraciones públicas y ONG, tal y como constaba en la iniciativa original, y hasta en el propio título inicial de la propuesta, que mencionaba la disposición de viviendas a entidades sociales y Administraciones públicas. Ahora, se limita a hablar de la okupación ilegal de inmuebles».
Esta medida de desalojo exprés, está pensada para que los propietarios de una vivienda, no tengan que realizar la larga burocracia que conlleva ese tipo de procesos, que llevan a que sea el legítimo dueño el que suela salir perdiendo en estos casos.
Esta nueva propuesta, por lo tanto, va a permitir que el dueño recupere de manera inmediata la plena posesión de una vivienda, o parte de ella, cuando se haya visto privado de ella sin su pleno consentimiento. Sin duda, un gran alivio para muchos propietarios que sufren en sus carnes este grave problema.
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